31 de agosto - DÍA DE LA OBSTETRICIA Y DE LA EMBARAZADA



En esta fecha se rinde homenaje a la Obstetricia, disciplina que cumple importantes funciones respecto a la salud de las embarazadas, madres y recién nacidos, realizando controles prenatales, preparación integral para la maternidad, acciones de prevención, atención del parto, posparto y recién nacido y también en salud reproductiva, contribuyendo en forma importante a mejorar la salud del binomio madre-hijo/a.

Ser comadrona, partera, obstétrica no sólo se trata solamente de recibir a un bebé y del control de un embarazo normal, parto y nacimiento. También tiene relación con el acompañamiento, la contención, el cuidar sin invadir y, sobre todo, respetar las culturas, respetar el deseo de la madre de cómo quiere parir --parada, sentada, acostada--, respetar sus derechos, sus necesidades básicas y a ese niño/a por nacer.

Gracias a todas las comadronas, parteras, obstétricas que dedican sus vidas para cuidar a las mamás y sus bebés. ¡Feliz Día!


¿Qué tareas realizan los y las obstetras?

  • Seguimiento y controles prenatales en embarazos de bajo riesgo.
  • Preparación integral de la futura madre para el parto.
  • Examen y evaluación del recién nacido.
  • Facilitar el apego con el bebé.
  • Apoyar y fomentar la lactancia materna.
  • Asesoramiento sobre crianza temprana.
  • Seguimiento y cuidado de la mujer y del recién nacido luego del parto.
  • Asesoramiento y educación para la salud sexual y reproductiva.


¿Cuáles son los derechos de la embarazada?

La Ley 25.959 de Parto Humanizado, que fue promulgada y reglamentada en el año 2004 y finalmente reglamentada en el 2015, defiende los derechos de las madres, los recién nacidos/as y sus familias al momento del trabajo de parto, parto y post parto. Según los principales puntos de normativa, se deben garantizar los siguientes derechos:

  • Elegir la persona que la acompañará durante el trabajo de parto, parto y postparto.
  • Elegir en qué posición dar a luz.
  • Que se respeten los tiempos biológicos y psicológicos; evitando prácticas invasivas y suministro de medicación sin justificación.
  • Ser informada sobre las distintas intervenciones médicas y participar en las decisiones sobre las alternativas.
  • Decidir no ser parte de ningún examen o intervención cuyo propósito sea la docencia o investigación.
  • Permanecer en contacto durante su permanencia en el establecimiento.
  • Recibir información comprensible y continuada sobre la salud de su hija o hijo.
  • Dar el consentimiento informado sobre cualquier práctica médica que se le realice a la o el recién nacido.
  • Tener acceso continuado a su hija o hijo mientras la situación clínica lo permita, así como a participar en su atención y en la toma de decisiones relacionadas con su asistencia.
  • Recibir asesoramiento e información sobre los cuidados.

Fuente: Infocielo

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